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Ratifican prisión provisional para el "Conde de Pozos Dulces", acusado de abuso sexual a 4 menores murcianos

Había contactado con una de sus víctimas tras abonar la fianza que le habían impuesto para quedar en libertad, quebrantando así la medida cautelar que le impedía acercarse a ellos

ONDA REGIONAL
08 FEB 2023 - 15:55
Ratifican prisión provisional para el "Conde de Pozos Dulces", acusado de abuso sexual a 4 menores murcianos
Foto: PIXABAY

El titular del juzgado de Instrucción número 7 de Murcia ha acordado ratificar la prisión provisional impuesta por un juzgado de Madrid a Nacho J.G., mas conocido como "Conde de Pozos Dulces", como supuesto autor de un caso de abuso sexual a 4 menores murcianos que desde mayo de 2022 investiga un juzgado de la Región.

El juzgado investiga la comisión de delitos contra libertad sexual de menores de 16 años, a los que se han sumado los delitos contra la Administración de Justicia, amenazas y quebrantamiento de medida cautelar.

El presunto autor de tales delitos, residente en Madrid, fue detenido el 19 de julio de 2022 y, una vez puesto a disposición judicial, el juzgado de guardia acordó la medida cautelar de prisión provisional, comunicada y sin fianza, si bien el 4 de agosto de ese año el juzgado acordó ratificar la prisión eludible con fianza de 40.000 euros, que hizo efectiva el reo, por lo que quedó en libertad con la prohibición de salida de España y de entrada al partido judicial de Murcia, comparecencias en el juzgado 2 veces al mes y prohibición de acercamiento y de comunicación con los 4 menores víctimas.

El pasado 23 de diciembre Nacho J.G. volvió a ser detenido en Madrid, esta vez por delitos contra la Administración de Justicia y quebrantamiento de medida cautelar, por lo que el juzgado de guardia de la capital acordó su ingreso en prisión provisional, medida que ha ratifica ahora el juzgado que dirige la instrucción de la causa al entender, como indica el auto de prisión, que el investigado “a sabiendas que no podía comunicarse con ellos -los menores-, ni directamente, ni a través de tercera persona, no dudo en emplear a otras personas (…) para que hablaran con aquéllos a fin de que declararan a su favor, cambiando así el tenor de sus respectivas declaraciones policiales, declaraciones éstas que le incriminaban directamente”.

En la fundamentación, el auto hace referencia a los contactos con los menores para que aprendieran de memoria unas preguntas redactadas en cuatro folios a modo de guion y a las amenazas en caso de no colaborar.

En consecuencia, el instructor justifica el mantenimiento de la medida cautelar de prisión, fundada en el riesgo previsto en el art. 503.1.3º c) de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, esto es que “pueda actuar contra bienes jurídicos de la víctima”.

Así, el magistrado considera que el hecho de que los otros tres investigados están en libertad, no es causa para dejar sin efecto la medida de prisión de Nacho J., como pedía su defensa, pues él es “el interesado en que se produzca un cambio en la versión policial de las víctimas y por ello quien podría continuar con su estrategia de amenazas y presiones para con ellas”. 

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